miércoles, 25 de septiembre de 2013

Género, discapacidad y participación política 

Autora: Silvia Mirta Valori

   Para poder llegar a determinar lo más claramente posible el por qué de la ausencia en la participación política –y, en consecuencia, en lugares jerárquicos del gobierno– de las personas con discapacidad y, especialmente, de las mujeres con discapacidad, es necesario percibir la situación como un problema por que para quiénes tenemos interés en transformar la realidad, los problemas representan una discordancia entre la situación tal cuál se presenta y aquello que sería “lo ideal” o “cómo las cosas debieran ser”.
Existen problemas que para ser resueltos exigen poder político, recursos económicos y humanos, conocimientos y capacidades (1)
Trataré, entonces, de establecer los recursos que harán falta para, de alguna manera y a mediano plazo, subsanar el problema presentado.
Y mientras voy discurriendo entre lo que sucede actualmente y lo que sería “lo ideal”, analizaré el valor político del problema para la sociedad en general, para los partidos políticos y para la población afectada (mujeres y varones con discapacidad)
Para comenzar a solucionar el problema presentado, es imprescindible contar con voluntad política y poder para que la temática de género y discapacidad forme parte de la agenda pública y con el propósito de  fundamentar lo que escribo me remito al Artículo 6 de la CDPD. Mujeres y discapacidad que textualmente expresa: 1. Los Estados Partes reconocen que las mujeres y niñas con discapacidad están sujetas a múltiples formas de discriminación y, a ese respecto, adoptarán medidas para asegurar que puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. 2. Los Estados Partes tomarán todas las medidas pertinentes para asegurar el pleno desarrollo, adelanto y potenciación de la mujer, con el propósito de garantizarle el ejercicio y goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales establecidos en la presente Convención. (2)
Es preciso, por lo tanto, tomar como asunto de Estado la inclusión de las mujeres con discapacidad en todos los ámbitos, potenciando su empoderamiento, ya que además de establecerlo claramente la Convención, estamos inmersas/os en nuestro país –lo cuál me alegra enormemente – en un Proyecto de Gobierno Nacional y Popular en el que fundamentalmente se conocen, difunden, propician y ejercen nuestros derechos humanos fundamentales, por lo que creo también que es tiempo ya que las personas con discapacidad sean educadas en escuelas comunes, que la educación se brinde a todos los niños y niñas sin distinciones de ningún tipo y de ninguna clase. Una tarea esencial será procurar que la amplia visión de la Educación para Todos, como concepto integrador, se refleje en las políticas de cada país y de los organismos de financiación. La Educación para Todos deberá [...] tener en cuenta las necesidades de los pobres y más desfavorecidos, comprendidos los niños que trabajan; los habitantes de zonas remotas; los nómadas; las minorías étnicas y lingüísticas; los niños, jóvenes y adultos afectados por conflictos, el VIH/SIDA, el hambre o la mala salud; y los que tienen necesidades especiales de aprendizaje” (Comentario detallado del Marco de Acción de Dakar, párr. 19.) y Artículo 24, Educación, de la Convención Internacional sobre los Derechos de las personas con discapacidad (3)

 Que se impulse el empoderamiento y el protagonismo de las/os niñas/os y de las/os jóvenes con discapacidad, otorgándoles un rol activo y promoviendo las capacidades, para lograr tomar conciencia –justamente, otro de los artículos de la Convención (3) es el Artículo 8, la Toma de Conciencia— en el que están enumerados algunos de los ítems imprescindibles para que este propósito no siga siendo un mero enunciado y llene de palabras vacías de significado el discurso de algunas personas, y que son: sensibilizar a la sociedad, incluso a nivel familiar, para que tome mayor conciencia respecto de las personas con discapacidad y se fomente el respeto de los derechos y la dignidad de estas personas; así como también luchar contra los estereotipos, los prejuicios y las prácticas nocivas respecto de las personas con discapacidad, incluidos los que se basan en el género o la edad, en todos los ámbitos de la vida y promover la toma de conciencia respecto de las capacidades y aportaciones de las personas con discapacidad.
En tanto que las medidas ineludibles para lograr estas metas incluyen: a) Poner en marcha y mantener campañas efectivas de sensibilización pública destinadas a: i) Fomentar actitudes receptivas respecto de los derechos de las personas con discapacidad; ii) Promover percepciones positivas y una mayor conciencia social respecto de las personas con discapacidad; iii) Promover el reconocimiento de las capacidades, los méritos y las habilidades de las personas con discapacidad y de sus aportaciones en relación con el lugar de trabajo y el mercado laboral; b) Fomentar en todos los niveles del sistema educativo, incluso entre todos los niños y las niñas desde una edad temprana, una actitud de respeto de los derechos de las personas con discapacidad; c) Alentar a todos los órganos de los medios de comunicación a que difundan una imagen de las personas con discapacidad que sea compatible con el propósito de la presente Convención; d) Promover programas de formación sobre sensibilización que tengan en cuenta a las personas con discapacidad y los derechos de estas personas.
Sin esta toma de conciencia, no será posible lograr la inclusión equitativa e igualitaria en la sociedad, ya que desde hace mucho tiempo atrás venimos enmarcadas dentro de un “modelo” de personas enfermas y dependientes,  por el cuál nuestros/as semejantes piensan o creen que vivimos “del aire” o que “alguien nos mantiene” o de la caridad y la limosna, siendo en muchos casos, subvaloradas y subordinadas a teorías y prácticas que no permiten el protagonismo ni la autonomía ni el empoderamiento. Y quiénes se salen de este modelo, son consideradas “súper personas” o “personas excepcionales”. No existe un término medio, la sociedad no considera hasta el día de hoy a las personas con discapacidad dentro de la media o de la “gente común” ni como lo que verdaderamente somos: ciudadanas, votantes, electoras, clientas y consumidoras, en consecuencia, ciudadanas como todas las demás. Por ello es que creo fundamental lograr consenso para realizar esta toma de conciencia, esta concientización en todo el país, y así dar cumplimiento al artículo 8 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las personas con discapacidad que Argentina ha ratificado mediante ley Nº 26378.
Analizando el caso de las mujeres con discapacidad y las causas de su exclusión social es preciso tener en cuenta el proceso de socialización al que estamos sometidas desde pequeñas y que es transmitido por las familias, las escuelas, las iglesias y los medios de comunicación, y aunque este proceso afecta tanto a mujeres como a varones, es principalmente a ellas a quiénes se las coloca en una posición subordinada e infravalorada en la que son eternamente niñas, eternamente ingenuas, eternamente dependientes. Casi todas las mujeres con discapacidad trabajan en sus casas, son muchas veces cuidadoras de niños y niñas (sobrinos/as y/o familiares de otras mujeres que tienen empleos remunerados), realizan tareas domésticas, cocinan, compran alimentos, cosen, bordan, tejen, entre otras actividades consideradas “femeninas”, pero no obtienen dinero por su trabajo ni son reconocidas como trabajadoras y aportantes; y en el imaginario colectivo no se las considera protagonistas ni que pueden tener su propia casa y sus propios/as hijos/as, de alguna manera entonces, podemos decir que no se les permite vivir su propia vida, ni se las piensa como personas activas y autónomas, entonces, ¿cómo se les va a permitir participar en política? ¿Si cuando las mujeres sin discapacidad están pensando en abandonar (por decirlo de alguna manera) el rol tradicional de “mujer cuidadora, madre, ama de casa”, a la mujer con discapacidad ni siquiera se le reconoce socialmente que puede ocupar esos roles aunque los realiza todos los días y perfectamente?  (4)
Además, en varias ocasiones, las mujeres con discapacidad se convierten en cuidadoras de sus madres y padres, cuando estos llegan a una edad en la que necesitan ser atendidos/as, ya que estas mujeres continúan viviendo en la misma casa y no han formado su propia familia, por lo cuál son las más indicadas para atenderlos/as y dispensarles los cuidados que necesitan.
Para cambiar estas ideas estereotipadas hace falta el poder político, más la firme decisión de transformar costumbres y pensamientos arraigados en la sociedad y que los medios de comunicación difundan y transmitan ideas más reales y positivas del trabajo y el aporte que realizan a la sociedad las mujeres con discapacidad.
También hacen falta recursos tanto económicos como humanos. Los recursos económicos que se necesitan para subsanar el problema que representa la ausencia en la participación en todos los ámbitos de las mujeres con discapacidad, pero especialmente en el político, son aquellos que contribuirán a poner en vigencia medidas de acción positiva, como por ejemplo, que el Estado, las Obras Sociales y/o alguna entidad relacionada se haga cargo del pago a los/as Acompañantes y Asistentes personales de aquellas personas que no pueden salir y andar solas, sin asistencia, para que participen en cursos, jornadas y capacitaciones, y/o concurran a la Universidad y a los Institutos de Formación, otorgándoles becas y traslados pagos hasta los sitios ya que uno de los impedimentos más grandes que tienen las mujeres con discapacidad –y todas las personas con diversidad funcional— para la participación son las barreras tanto del transporte como las arquitectónicas en calles, veredas y edificios en general, las denominadas “barreras del entorno” que se han construido por que dentro de cada uno de nosotros y de nosotras no pensamos, antes de hacer, que podemos llegar a tener una discapacidad, nuestra imaginación no sospecha siquiera que la discapacidad puede sobrevenir en cualquier momento de nuestras vidas, no importa la edad. Eso no se piensa, los/as Arquitectos/as se resisten a dejar de diseñar edificios con escaleras, escalones y desniveles, pasillos angostos y puertas demasiado estrechas y así se continúa construyendo como si las personas nacieran y pudieran mantener un estado físico excelente durante toda la vida, y esto, lamento decirles, no ocurre en la mayoría de los casos. Quiero significar que la inmensa mayoría de personas necesitarán o usarán un elemento ortopédico para trasladarse en alguna etapa de sus vidas –aunque sea de manera transitoria— o tendrán una disminución visual, auditiva y/o del habla, y esto, puede ocurrir por varios motivos como pueden ser los accidentes, enfermedades, excesos en la alimentación y, en consecuencia obesidad o sobrepeso, o por el contrario, carencia de nutrientes esenciales y discapacidades por mal nutrición, etc y etc. Actualmente las personas llegan a vivir más de ochenta años y casi todas las personas que tienen esa edad, usan anteojos, dientes postizos y han soportado alguna intervención quirúrgica que les ha dejado como consecuencia “menos capacidad para…” y algún aparato insertado dentro de su cuerpo o bien externo como son los bastones, muletas, sillas de ruedas, audífonos, etc.
Es necesario también contar con recursos económicos para transformar los edificios y que sean todos ellos (o la mayoría al menos) accesibles, con salones donde se puedan utilizar los baños y que estos salones cuenten con la accesibilidad necesaria para personas sordas, personas ciegas, personas con movilidad reducida, personas que utilizan la comunicación alternativa y aumentativa, que nadie quede afuera, por que todas las personas somos importantes y por que todas las personas pueden realizar esos aportes tan necesarios para colaborar con el cambio social en esta época de transición que nos ha tocado vivir.
Pero no crean que hacen falta millones de pesos para transformar esta arquitectura y el transporte que tenemos; si bien para hacer accesibles los edificios y el transporte hace falta dinero, por supuesto, no es tanto, es solamente y más precisamente, como escribí al principio, ganas y voluntad política de que realmente estemos todos y todas presentes, mujeres y varones, personas con y sin discapacidad, en todos los ámbitos, con voz, siendo escuchadas, tenidas en cuenta y que los proyectos que presentan las personas con discapacidad sean analizados y valorados de la misma forma que los que presentan personas que no tienen discapacidad. Por que el “ninguneo” también forma parte de algunos organismos de Gobierno y de algunas personas que trabajan en ellos y no existe nada tan limitante y perjudicial para el avance de las sociedades como este ninguneo y el “hacer como si”. Me pregunto qué se gana con esto y les pido que se formulen esta pregunta quiénes lo soportan o quiénes tienden a hacerlo, a ver si tienen una respuesta lógica.
Además de los recursos económicos tenemos que contar con recursos humanos, con gente perfectamente capacitada en los diversos temas relacionados con las personas con discapacidad desde una perspectiva de género, para investigar, analizar, escribir, instruir e instalar estas nuevas perspectivas en los/as Dirigentes de los partidos políticos y de los Organismos de gobierno. Especialmente, en los lugares jerárquicos, que llegue la información y la capacitación –y se concienticen— “los Jefes y las Jefas”, por que poco podemos lograr si se mantiene el “techo” que existe actualmente para una persona que tiene discapacidad en los Organismos públicos de gobierno y que consiste en desempeñarse como Cadete/a, Empleada/o administrativa/o y/o Asesor/a (cargo máximo)
Asimismo, es necesario que en las listas de partidos políticos se establezca un cupo, que así como existe un cupo de mujeres, haya un cupo de personas con discapacidad.
Lo ideal sería constituir las listas para las elecciones partidarias  con el 40 por ciento de mujeres sin discapacidad (aumentar el cupo en un diez por ciento es válido, ya que sería más equitativo, creo que ya hay algunos proyectos de ley para subir el cupo), el otro 40 por ciento para varones sin discapacidad y luego, un diez por ciento de mujeres con discapacidad y un 10 por ciento de varones con discapacidad, así estaríamos representados en el Congreso y en la Cámara de Diputados por un 20 por ciento de personas con discapacidad (y además, seríamos representados/as por un 50 por ciento de mujeres –sin y con discapacidad— y un 50 por ciento de varones— sin y con discapacidad). Y algunos cargos jerárquicos serían ocupados también por personas con discapacidad, perfectamente instruidas y aptas para tales cargos, especialmente aquellos que están directamente relacionados con la discapacidad.
Escribí al principio que trataría de idear una solución al problema que representa la ausencia de personas con discapacidad en la participación política, y creo que estoy arribando a la misma ya que tendríamos casi resuelto el problema, por que el hecho de instalar conocimientos y capacidades se resolvería mediante las medidas de acción positiva, potenciando el saber de las personas con discapacidad, especialmente de las mujeres, otorgando becas y facilitando su concurrencia a jornadas, cursos, capacitaciones, a los Institutos de Formación y a las Universidades.
Además, se instalarían conocimientos y capacidades en las personas dirigentes de partidos políticos y de gobierno, instruyéndoles sobre equiparación de oportunidades y trato, perspectiva de discapacidad, perspectiva de género, Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) (5), Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con discapacidad (CDPD) y otros Tratados que a nivel internacional se han aprobado, llegando a obtener de esa manera todos y todas, una formación comprometida con el respeto y la valorización de la diversidad, logrando conformar una sociedad “A partir de las diferencias” y No “A pesar de las diferencias” dándonos cuenta que lo que nos enriquece como seres humanos son, precisamente, esas diferencias.
Por los motivos que he mencionado y para visibilizar a gran parte de la población, que permanece en sus casas o internadas en hospitales, hogares, geriátricos y otros, sin reconocimiento y muchas veces, sin poder vivir su propia vida, sin ejercer sus derechos, sin participar socialmente, es que creo necesario plantear el cambio de paradigma a nivel político y a nivel país, y llegar a tener la suficiente amplitud mental para reconocer que si bien es cierto que sería prácticamente imposible que todos los grupos excluidos estén representados en los partidos políticos y entre la clase dirigente es Sí posible incluir a un veinte por ciento de personas con discapacidad que además, pertenecen y son parte de todos estos grupos, ya que la discapacidad atraviesa todas las edades, todas las clases, todas las etnias, todos los géneros, todas las nacionalidades, todos los grupos.
Estimo que es indispensable contar con los conocimientos, ideas y experiencias de tantas personas que día a día atraviesan por situaciones que exigen cambiar el paradigma, que exigen ver y hacer las cosas de otra forma, desde otra perspectiva. Por que como decía Albert Einstein la mejor manera de resolver un problema que no tiene solución es cambiando el paradigma para lo cuál es necesario tener amplitud mental y verdaderas ganas de mejorar el mundo y nuestro entorno día a día.
A la Argentina, a nuestro país, a mi país, la integramos todos y todas, mujeres y varones, con y sin discapacidad, y todos y todas merecemos estar y vivir mejor cada día, vivir con y en dignidad, merecemos que se respeten nuestros derechos para que podamos cumplir con nuestras obligaciones, para que un día no tan lejano, podamos gozar de una sociedad en la cuál la solidaridad, la amistad, el amor, la armonía y el bienestar sean realidades y no sólo quimeras, para que podamos seguir soñando con una patria integrada por ciudadanos y ciudadanas de primera, no de segunda ni de tercera como hoy todavía existen, ciudadanas y ciudadanos nobles, solidarios/as y afectuosos, donde la palabra Amor y Fraternidad reemplacen al Desamor y a la Violencia, donde los medios de comunicación difundan ideas e imágenes positivas y reales de las personas con discapacidad, donde todos los niños y niñas sean educados de manera tal que, cuando sean mayores puedan disfrutar de la diversidad y no mirar al otro o a la otra “diferente” como a un/a extraño/a que viene de otro planeta.
Donde las personas gobiernen, decidan, elijan y sean respetadas por sus conocimientos, aptitudes, saberes y experiencias. Donde “ser diferente” sea considerado “lo normal”.
Por último, quiero dejarles esta frase de Mariano Moreno que comparto y a la que adhiero convencida que así efectivamente es, sólo que le cambiaría la palabra “hombre” por la de “persona”:
"En vano se harán grandes esfuerzos por el bien público, en vano provocarán congresos, promoverán arreglos, y atacarán las reliquias del despotismo, si los pueblos no se ilustran, sino se vulgarizan sus derechos, si cada hombre (persona) no conoce lo que vale, lo que puede y lo que se le debe. El derecho no nace de la letra sino de la acción que lo lleva a la práctica"


Fuentes citadas y bibliografía consultada.

(1)    Manual de Capacidades Técnicas y de Gestión. Consejo Nacional de la Mujer del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, 2003.

(2)    y (3) CDPD, en adelante, la Convención: Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con discapacidad sancionada por la ONU en Diciembre de 2006 y ratificada por Argentina en Mayo de 2008 mediante Ley Nacional Nº 26.378.
La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo fueron aprobados el 13 de diciembre de 2006 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, y quedaron abiertos a la firma el 30 de marzo de 2007. Se obtuvieron 82 firmas de la Convención y 44 del Protocolo Facultativo, así como una ratificación de la Convención. Nunca una convención de las Naciones Unidas había reunido un número tan elevado de signatarios en el día de su apertura a la firma. Se trata del primer instrumento amplio de derechos humanos del siglo XXI y la primera convención de derechos humanos que se abre a la firma de las organizaciones regionales de integración. Señala un “cambio paradigmático” de las actitudes y enfoques respecto de las personas con discapacidad.
La Convención se concibió como un instrumento de derechos humanos con una dimensión explícita de desarrollo social. En ella se adopta una amplia clasificación de las personas con discapacidad y se reafirma que todas las personas con todos los tipos de discapacidad deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Se aclara y precisa cómo se aplican a las personas con discapacidad todas las categorías de derechos y se indican las esferas en las que es necesario introducir adaptaciones para que las personas con discapacidad puedan ejercer en forma efectiva sus derechos y las esferas en las que se han vulnerado esos derechos y en las que debe reforzarse la protección de los derechos.   Disponible en: http://www.un.org/spanish/disabilities/default.asp?id=497.
(3) Artículo 24 de la CDPD - Educación
1. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida, con miras a:
a) Desarrollar plenamente el potencial humano y el sentido de la dignidad y la autoestima y reforzar el respeto por los derechos humanos, las libertades fundamentales y la diversidad humana;
b) Desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la creatividad de las personas con discapacidad, así como sus aptitudes mentales y físicas;
c) Hacer posible que las personas con discapacidad participen de manera efectiva en una sociedad libre.
2. Al hacer efectivo este derecho, los Estados Partes asegurarán que:
a) Las personas con discapacidad no queden excluidas del sistema general de educación por motivos de discapacidad, y que los niños y las niñas con discapacidad no queden excluidos de la enseñanza primaria gratuita y obligatoria ni de la enseñanza secundaria por motivos de discapacidad;
b) Las personas con discapacidad puedan acceder a una educación primaria y secundaria inclusiva, de calidad y gratuita, en igualdad de condiciones con las demás, en la comunidad en que vivan;
c) Se hagan ajustes razonables en función de las necesidades individuales;
d) Se preste el apoyo necesario a las personas con discapacidad, en el marco del sistema general de educación, para facilitar su formación efectiva;
e) Se faciliten medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social, de conformidad con el objetivo de la plena inclusión.
3. Los Estados Partes brindarán a las personas con discapacidad la posibilidad de aprender habilidades para la vida y desarrollo social, a fin de propiciar su participación plena y en igualdad de condiciones en la educación y como miembros de la comunidad. A este fin, los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes, entre ellas:
a) Facilitar el aprendizaje del Braille, la escritura alternativa, otros modos, medios y formatos de comunicación aumentativos o alternativos y habilidades de orientación y de movilidad, así como la tutoría y el apoyo entre pares;
b) Facilitar el aprendizaje de la lengua de señas y la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas;
c) Asegurar que la educación de las personas, y en particular los niños y las niñas ciegos, sordos o sordociegos se imparta en los lenguajes y los modos y medios de comunicación más apropiados para cada persona y en entornos que permitan alcanzar su máximo desarrollo académico y social.
4. A fin de contribuir a hacer efectivo este derecho, los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para emplear a maestros, incluidos maestros con discapacidad, que estén cualificados en lengua de señas o Braille y para formar a profesionales y personal que trabajen en todos los niveles educativos. Esa formación incluirá la toma de conciencia sobre la discapacidad y el uso de modos, medios y formatos de comunicación aumentativos y alternativos apropiados, y de técnicas y materiales educativos para apoyar a las personas con discapacidad.
5. Los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad tengan acceso general a la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos y el aprendizaje durante toda la vida sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás. A tal fin, los Estados Partes asegurarán que se realicen ajustes razonables para las personas con discapacidad.
(3)    Superar la exclusión mediante planteamientos integradores en la educación. Un desafío, una visión”. Documento Conceptual. UNESCO, 2003.

(4)    Según estimación de la EDDES (España) Encuesta sobre Discapacidad, deficiencias y estados de salud, INE, IMSERSO, ONCE, 1999, casi medio millón de mujeres con discapacidad permanecen invisibles en sus casas, con una escasísima participación social, y muchas de ellas, no son conscientes de los derechos que pueden y deben ejercitar.
 En Argentina no existen estadísticas desagregadas sobre género,  discapacidad y trabajo remunerado, específicamente, aunque la ENDI
(Encuesta Nacional de Personas con Discapacidad), complementaria del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2001, fue realizada en las principales localidades del país entre noviembre 2002 y el primer semestre de 2003 y reportó la siguiente información:
Total: 2.176.123 personas con discapacidad de las cuáles 1.010.572 son varones  y 1.165.551 son mujeres.
Aclaración de la autora: considero que esta cifra es bastante más elevada, ya que no se tuvo en cuenta la población de hogares, geriátricos, hospitales y pueblos de menos de 5000 habitantes.

La Encuesta Nacional de Personas con Discapacidad (ENDI) constituye el documento oficial con base estadística más importante que se haya elaborado para conocer la prevalencia de personas con discapacidad en nuestro país y su situación educativa, laboral, de inserción social, de acceso a servicios de salud, etc. Como tal, es empleada para la definición de políticas públicas y para la asignación de recursos.
Sin embargo, los resultados que arroja no se condicen con estudios realizados en otros países ni con la realidad que enfrentan a diario no sólo las personas con discapacidad sino las organizaciones que las nuclean y representan. Esto obliga a un análisis critico de la ENDI
Lo citado entre comillas ha sido escrito y expuesto por Eduardo Joly, Sociólogo, en las Jornadas sobre Discapacidad y Universidad “Reconocer la diferencia para proteger la igualdad”, en el año 2006. Disponible en: http://www.rumbos.org.ar/podemos-confiar-en-la-endi

(5)    CEDAW: Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en Diciembre de 1979. Ratificada por Argentina en el año 1985 mediante Ley Nº 23.179.
La Convención tiene como finalidad eliminar efectivamente todas las formas de discriminación contra la mujer, obligando a los estados a reformar las leyes con tal fin y discutir sobre la discriminación en el mundo. En su artículo 1, la CEDAW (por sus siglas en inglés) define la discriminación contra la mujer como:
Cualquier distinción, exclusión o restricción hecha en base al sexo que tenga el efecto o propósito de disminuir o nulificar el reconocimiento, goce y ejercicio por parte de las mujeres, independientemente de su estado civil, sobre la base de igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural, civil o en cualquier otra esfera. También establece un programa de acción para poner fin a la discriminación por razón de sexo: los Estados que ratifican el Convenio tienen la obligación de consagrar la igualdad de género en su legislación nacional, derogar todas las disposiciones discriminatorias en sus leyes, y promulgar nuevas disposiciones para proteger contra la discriminación contra la mujer. También deben establecer tribunales y las instituciones públicas para garantizar a las mujeres una protección eficaz contra la discriminación, y adoptar medidas para eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer practicada por personas, organizaciones y empresas. Disponible en: http://es.wikipedia.org/wiki/Convenci%C3%B3n_sobre_la_eliminaci%C3%B3n_de_todas_las_formas_de_discriminaci%C3%B3n_contra_la_mujer


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